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Publimetro 17 Sep, 2026 15:03 (5 min de lectura)
Observatorio Neutral

Jornada de 40 horas: hasta 50% del pago extra puede quedar sin ISR

Jornada de 40 horas: hasta 50% del pago extra puede quedar sin ISR
PUNTOS CLAVE DEL ANALISIS (IA SCOPE)
• Hasta 50% del pago por horas extra queda exento de ISR.
• Aplica a trabajadores con salario superior al mínimo.
• Límite de 5 UMA o 586.55 pesos semanales para la exención.
• Beneficio vinculado a límites legales de tiempo extraordinario.

La reducción de la jornada laboral en México puede traer un beneficio inesperado al bolsillo de los trabajadores: hasta 50% del pago recibido por horas extra puede quedar exento del Impuesto sobre la Renta (ISR), siempre que se cumplan los límites establecidos por la legislación laboral.

Así lo explicó David Lozada, fiscalista y Head de Nómina en Worky, firma especializada en administración de personal, quien precisó que el beneficio aplica para quienes ganan más del salario mínimo y no significa pagar 50% menos de ISR sobre todo el sueldo.

El especialista señaló que las horas extraordinarias deben pagarse al doble, por lo que representan un ingreso adicional para los trabajadores, y destacó que dicho tratamiento fiscal está ligado al artículo 93, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que permite mantener exenta una parte del pago por tiempo extraordinario cuando se respetan los márgenes legales.

En entrevista con Publimetro, Lozada aclaró que esta exención fiscal –de hasta 50% del pago por horas extrano nació con la reforma que llevará la jornada a 40 horas. Refirió que la Ley del ISR vigente ya vinculaba el beneficio con los límites de horas extra fijados en la legislación laboral.

Apuntó que, al modificarse las reglas sobre el tiempo extraordinario, también puede cambiar la parte del pago que recibe ese tratamiento fiscal. “Si lo exento es mayor, el impuesto es menor”, explicó.

¿Cuánto ISR ahorran las horas extra?

Para los trabajadores que ganan más del salario mínimo, Lozada explicó que la mitad del pago por tiempo extraordinario puede quedar exento de ISR, con un límite de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) por semana y un monto máximo de 586.55 pesos semanales, considerando el valor vigente de la UMA en 2026.

Pero esos 586.55 pesos no representan el ahorro directo de impuestos, precisó el especialista, sino el límite semanal aplicable al monto del pago por horas extra que puede recibir el tratamiento exento.

El beneficio real depende del sueldo del trabajador, las horas laboradas y su distribución durante la semana; en algunos ejercicios realizados por Lozada, la reducción efectiva de ISR fue de apenas 10, 15 o 20 pesos. “No es una generalidad”, puntualizó.

Horas extra pueden abaratar la operación

El especialista señaló que el esquema de horas extra puede ser una opción financiera viable frente a la contratación de personal, que algunas empresas contemplan para hacer frente al impacto económico de la reducción de la jornada laboral en México.

Ello –explicó– debido a que una contratación implica el pago de prestaciones, cuotas de seguridad social y otras cargas laborales y administrativas, costos que pueden representar hasta 30% adicional al salario que las empresas asignan a sus trabajadores.

El fiscalista refirió que, al comparar únicamente los costos, pagar algunas horas adicionales puede resultar más barato que contratar a otra persona desde cero. Esta diferencia puede cobrar mayor relevancia en puestos operativos, donde las empresas deberán reorganizar turnos para mantener sus actividades ante la reducción de jornada.

También indicó que el tiempo extraordinario que se mantiene dentro de los parámetros legales no se integra al Salario Base de Cotización (SBC) de la misma manera que un aumento salarial o una nueva contratación, por lo que no incrementa directamente las cuotas patronales bajo ese supuesto.

Abusar de horas extra eleva riesgos

Pagar tiempo adicional puede ser más barato, pero Worky advirtió que convertirlo en una práctica generalizada o desmedida podría representar un foco rojo para las autoridades laborales, sobre todo en empresas medianas y grandes. El registro y pago de las horas extraordinarias deben mantenerse dentro de las reglas aplicables.

Ante una revisión, la firma planteó dos escenarios: la autoridad podría validar el esquema cuando las horas estén correctamente registradas, pagadas y no existan inconformidades de los trabajadores; o podría considerar que el uso constante del tiempo extraordinario contradice las obligaciones derivadas de la reducción de jornada, con el riesgo de sanciones para la empresa.

Lozada recomendó a los trabajadores revisar si el tiempo laborado por encima de su horario aparece correctamente en el recibo y solicitar una explicación o corrección cuando detecten diferencias.

Para los patrones, señaló que el cálculo de las horas extraordinarias y del ISR exige mayor atención, porque un error puede generar observaciones o repercusiones ante las autoridades.

Cinco claves sobre las horas laborales

Para aclarar cómo operará la reducción de la jornada y qué pasará con las horas extra, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó una guía de preguntas frecuentes con las reglas, fechas y obligaciones que deberán observar trabajadores y empresas durante la transición hacia las 40 horas semanales.

1. ¿Qué momento inicia la reducción de jornada?

La reducción comienza en 2027. Durante 2026 las empresas tienen un periodo de transición para ajustar la organización del trabajo.

2. ¿Cómo bajará hasta llegar a 40 horas?

Será gradual: 46 horas semanales en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 a partir de 2030.

3. ¿Qué pasará con las horas extra?

Seguirán siendo voluntarias. Con la jornada de 40 horas podrán pagarse hasta 12 horas extra al doble y cuatro al triple; comenzarán a contarse después de la hora 40.

4. ¿La jornada de 40 horas será obligatoria?

Sí. A partir de 2030 todos los centros de trabajo deberán respetar ese máximo. Si el patrón pide extender la jornada, deberá pagar las horas extra conforme a la ley.

5. ¿Cómo comprobarán las horas trabajadas?Los empleadores deberán llevar un registro electrónico de la jornada. La STPS emitirá las disposiciones que regularán ese control para verificar el cumplimiento.