En los últimos años, el debate sobre el futuro de las pensiones se ha convertido en una de las cuestiones más relevantes de la política y de la economía en España. Este asunto es abordado sesgadamente por algunos, que señalan, sin tener ninguna relación al respecto, que existen jubilados que perciben más ingresos que algunos asalariados. Esto, evidentemente, responde al interés por incentivar una ceremonia de la confusión, creando así una confusión de confusiones y ocasionando un debate espurio por intereses bastardos. Pues pretender que, porque algo no esté bien, sea «arreglado» mediante una equiparación que destroce lo que sí lo está no tiene sentido alguno. Indiscutiblemente, el envejecimiento de la población, la evolución del mercado laboral y la sostenibilidad de las cuentas públicas han llevado a que este asunto ocupe un lugar central en la discusión pública del país. Sin embargo, con demasiada frecuencia, este importante asunto se aborda desde una perspectiva exclusivamente contable, olvidando que detrás de cada pensión existe una persona que, tras toda una vida de trabajo y contribución a la sociedad, merece vivir su etapa de jubilación con dignidad. Estas personas son acreedoras de derechos. Y debe recordarse que todo esto se inició hace ya algunas décadas, paradójicamente, con el Partido Socialista Obrero Español.
Hace mucho tiempo causaron una gran controversia las declaraciones del exministro de Economía Carlos Solchaga, quien afirmó que los pensionistas no tenían motivos para quejarse porque, según su criterio, las cotizaciones realizadas durante su vida laboral no justificaban el importe de las pensiones que actualmente perciben. Estas palabras suscitaron un intenso debate y todo evidencia irrefutablemente que parten de una concepción de la realidad profundamente equivocada del sistema de pensiones y de la función que este desempeña en un Estado social.
Reducir las pensiones a una simple operación matemática entre lo aportado y lo recibido supone, indiscutiblemente, ignorar la verdadera naturaleza de este derecho, adquirido, además, hace varias décadas. El sistema público de pensiones no nació como un mecanismo de ahorro individual en el que cada trabajador recuperaría exactamente lo que ingresó durante su vida activa. Obviamente, su fundamento responde a un principio mucho más amplio: la solidaridad entre generaciones, que es precisamente lo que le da sentido. También responde al compromiso colectivo de garantizar unas condiciones de vida dignas a quienes han alcanzado la edad de jubilación.
Por ello, resulta ser, irrefutablemente, un craso error plantear este debate únicamente desde criterios economicistas, como si este importantísimo asunto debiera tratarse desde una perspectiva que lo presentara como una limosna caritativa que vacía el erario. Naturalmente, la sostenibilidad financiera del sistema constituye una cuestión importante y, por lo tanto, lógicamente, no debe ser ignorada. Sin embargo, convertirla en el único argumento que lo regula desvirtúa, sin duda alguna, el auténtico sentido de las pensiones. La pregunta esencial no debería ser exclusivamente cuánto cuesta mantenerlas, sino qué modelo de sociedad queremos construir y cuáles son los derechos que consideramos irrenunciables para todos los ciudadanos.
Una sociedad verdaderamente avanzada no puede aceptar que una persona, tras décadas de esfuerzo y de contribución al bienestar colectivo, se vea condenada a afrontar los últimos años de su vida en condiciones de precariedad económica. La jubilación no debe convertirse en una etapa de incertidumbre o pobreza, sino en un periodo en el que quienes han trabajado durante toda su vida puedan disfrutar de una existencia tranquila y segura. Garantizar ese objetivo constituye una obligación ética, además de una responsabilidad política derivada de haber suscrito un compromiso social.
Con frecuencia se presentan las pensiones como una carga excesiva para las finanzas públicas, olvidando que fueron concebidas precisamente para proteger a quienes, una vez finalizada su vida laboral, ya no disponen de los recursos necesarios para mantenerse por sí mismos. Su finalidad nunca fue ofrecer una rentabilidad individual comparable a la de una inversión privada, sino proporcionar un mecanismo de protección social capaz de evitar situaciones de exclusión y de garantizar un mínimo de bienestar a esos integrantes de la sociedad.
En el caso español, el sistema se organizó siguiendo el modelo de reparto, mediante el cual las cotizaciones de los trabajadores en activo financian las prestaciones de quienes ya se han jubilado. Este diseño implica que las pensiones no dependen de una cuenta individual donde cada ciudadano acumule exclusivamente sus propias aportaciones. Por ello, carece de sentido afirmar que un pensionista recibe más o menos de lo que cotizó, como si el sistema funcionara bajo criterios de capitalización individual. Esa comparación pervierte completamente el funcionamiento y la filosofía del modelo adoptado desde su inicio.
Es indiscutible que el equilibrio financiero del sistema debe vigilarse y adaptarse, lógicamente, a los cambios demográficos y económicos. Sin embargo, las posibles reformas siempre se deberían orientar a garantizar su viabilidad, sin cuestionar el principio esencial que lo inspira, que, de manera insoslayable, es la protección de las personas mayores como expresión de solidaridad y cohesión social. De lo contrario, el debate corre el riesgo de reducirse a una mera discusión presupuestaria, dejando en un segundo plano lo que sustenta todo: los valores que justifican la existencia misma del Estado del bienestar.
No debe olvidarse, además, que el origen histórico de las pensiones modernas se remonta a las reformas impulsadas por Otto von Bismarck en la Alemania del siglo XIX. Aquellas medidas no surgieron para establecer un cálculo exacto entre aportaciones y prestaciones, sino para ofrecer una cobertura social que protegiera a los trabajadores frente a los riesgos derivados de la vejez, consolidando así un principio de responsabilidad colectiva que posteriormente inspiraría numerosos sistemas públicos de protección social en todo el mundo.
En definitiva, el verdadero debate sobre las pensiones trasciende las cifras y los balances económicos, ya que se trata de decidir qué importancia concedemos a la justicia social, a la solidaridad entre generaciones, a la dignidad de las personas cuando finaliza su vida laboral y qué modelo social queremos tener en nuestra sociedad. Mientras esos principios continúen siendo valores fundamentales de nuestra convivencia, el derecho a una pensión suficiente no puede entenderse como un privilegio ni como una concesión, sino como una de las expresiones más claras del compromiso de una sociedad con quienes han contribuido durante años a construirla. Definir, por tanto, el paradigma de sociedad que los gobernantes van a implementar para todos sus integrantes resulta fundamental, si verdaderamente se persigue que las sociedades no sean de carácter distópico por tener algunas de sus partes en una situación preocupante y, por lógica, no deseable.
Y no se puede olvidar ni soslayar que las pensiones de jubilación son un contrato social, indiscutiblemente. Ya se está produciendo un cambio de reglas que nadie señala. Piénsese, por citar tan solo un ejemplo, que los autónomos, cuando empezaron a cotizar a la Seguridad Social, ya tenían derecho a la pensión con 15 años de cotización. Pero ahora se cambian las reglas, sin reacción alguna pese al perjuicio que se ocasiona, para privar del derecho a la pensión de jubilación a las personas que no hayan cotizado dos años dentro de los quince anteriores a su jubilación. @mundiario