Las lluvias en Ciudad Juárez no sólo han inundado calles y viviendas. También han dejado al descubierto el desconocimiento que existe sobre las responsabilidades de cada autoridad. Y el caso de los fraccionamientos conocidos como El Gardeno es un ejemplo de cómo una desgracia vecinal puede terminar convertida en pleito político.
Ahí hay familias que reclaman respuestas por los daños sufridos. No están pidiendo una conferencia sobre hidráulica ni un curso de derecho administrativo. Quieren saber por qué se inundaron, qué se hará para evitarlo y quién responderá por lo que corresponda. Preguntas sencillas, aunque sus respuestas parezcan perderse entre oficinas.
En las discusiones sobre El Gardeno se mezclan el agua de lluvia, las aguas residuales y las obligaciones del Municipio y del Gobierno del Estado. En medio aparecen la J+, una diputada que aboga por los afectados y funcionarios que hablan de drenajes, diques y fugas como si todo fuera la misma cosa. Y cuando falta claridad, la política encuentra terreno fértil. O, en este caso, bastante lodoso.
Empecemos por lo elemental. El agua pluvial proviene de las lluvias. Para contenerla, conducirla o permitir su infiltración se construyen diques, canales, vasos de captación y pozos de absorción. El agua residual procede de usos domésticos, comerciales, industriales y otros. No son lo mismo ni corresponden necesariamente a las mismas redes.
La diferencia también es legal. La Ley del Agua del Estado de Chihuahua atribuye a las autoridades municipales el diseño, ejecución, supervisión y mantenimiento del drenaje pluvial. El artículo 358 BIS del Reglamento de Construcción de Juárez asigna al Municipio esas funciones respecto de arroyos, diques, pozos de absorción y otras obras pluviales en áreas públicas.
La J+, organismo del ámbito estatal, atiende agua potable, alcantarillado sanitario y saneamiento. Si una tubería de su red vierte aguas residuales en un dique, debe intervenir en lo que le corresponda. Pero eso no la convierte automáticamente en responsable de construir y mantener todas las obras pluviales. Colaborar no significa heredar obligaciones ajenas.
¿Por qué importa esto en El Gardeno? Porque antes de señalar culpables hay que establecer qué infraestructura intervino en las inundaciones, quién la construyó, quién debe mantenerla y si hubo fallas, descargas o insuficiencia de capacidad. Sin ese diagnóstico, los vecinos reciben acusaciones cruzadas en lugar de explicaciones.
Sergio Rodríguez, director municipal de Protección Civil, declaró a El Diario de Juárez que entre 60 y 70 estructuras de captación mantienen agua incluso cuando no llueve: entre 10 y 15 diques y unos 50 pozos de absorción. Añadió que el dique del bulevar Zaragoza puede permanecer ocupado entre 50 y 80 por ciento de su capacidad por agua que, según dijo, proviene de drenajes o fugas.
El dato es preocupante, pero no demuestra por sí mismo que esa sea la causa de las inundaciones en El Gardeno. Tampoco prueba que toda el agua acumulada sea residual: una fuga de agua potable es otra cosa. Para saberlo hay que identificar el origen de las descargas y revisar cada instalación.
De ahí las preguntas que sí deberían hacerse las autoridades: ¿qué obras pluviales sirven a El Gardeno?, ¿quién las revisó antes de las lluvias?, ¿qué mantenimiento recibieron?, ¿hay conexiones o fugas que disminuyan su capacidad?, ¿qué medidas concretas protegerán a esas familias en la siguiente tormenta?
Los habitantes no tienen obligación de conocer la Ley del Agua ni las jurisdicciones del Municipio y del Estado. Bastante tienen con defender su patrimonio. La diputada puede acompañarlos y exigir respuestas, pero también debe distinguir entre una denuncia comprobada y una responsabilidad que aún está por establecerse.
El Municipio y la J+ deben colaborar donde sus funciones se encuentren. Y explicar públicamente qué les toca hacer y en qué plazo. Los vecinos de El Gardeno no necesitan que una dependencia le gane la discusión a otra; necesitan que el agua deje de entrar a sus casas.
La lluvia no distingue colores partidistas. Corre por donde la gravedad le permite, no por donde los discursos le ordenan. Las obligaciones de las autoridades, en cambio, están escritas. Que empiecen por cumplirlas, antes de que a la inundación se sume otra desgracia: la sequía de conocimiento. Así, El Meollo del Asunto.
Fuera del Meollo: El poder absoluto corrompe absolutamente. Entonces, el súper-poder absoluto corrompe, súper-absolutamente.