Un Juzgado de Distrito del Poder Judicial de la Federación, con sede en Ciudad Juárez, determinó sobreseer el juicio de amparo 498/2025-I contra una resolución del Colegio de Bachilleres del Estado de Chihuahua (Cobach) relacionada con la renovación de cargos con función directiva en educación media superior.
El amparo fue promovido por Raúl Gilberto Félix Irigoyen, exdirector del plantel 6 de Bachilleres.
Esta resolución era la esperada, a decir del director general del subsistema, Reyes Humberto de las Casas, quien dijo que la renovación de directores y subdirectores del Cobach fue realizada conforme a los lineamientos federales que regulan la carrera docente.
El expediente señala que el acto reclamado corresponde a la resolución emitida el 21 de febrero de 2025 por el director general del organismo público descentralizado del Colegio de Bachilleres del Estado de Chihuahua, dentro de un recurso de reconsideración vinculado al proceso de renovación de nombramientos directivos cuyos períodos concluyeron después del ciclo escolar 2024-2025.
Durante el procedimiento judicial, el promovente compareció ante el juzgado federal el pasado 26 de agosto y ratificó su decisión de desistirse del juicio respecto de diversos actos y autoridades señaladas en la demanda. En virtud de ese desistimiento, el tribunal resolvió concluir el proceso sin entrar al análisis de fondo del acto reclamado.
La sentencia establece que el sobreseimiento procede con base en el artículo 63 de la Ley de Amparo, que señala que el juicio debe concluir cuando la persona que promueve la demanda decide desistirse del procedimiento.
De las Casas, director general del Cobach, explicó que el proceso administrativo que dio origen a la inconformidad corresponde a la conclusión del período de cuatro años de 61 personas que ocupaban cargos directivos o subdirectivos en planteles del subsistema, quienes firmaron nombramientos con vigencia del 1 de septiembre de 2021 al 31 de agosto de 2025.
Indicó que estos procesos se rigen por la Ley de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (Usicamm) y por los lineamientos federales que regulan los mecanismos de promoción, permanencia e ingreso dentro del sistema educativo.
“En esta ley se emiten lineamientos para promoción, permanencia e ingreso. En el caso de la promoción se establece la posibilidad de que los docentes participen en funciones directivas”, señaló.
Explicó que, al concluir ese período, el subsistema optó por abrir un proceso de promoción vertical, en el cual participaron alrededor de 150 docentes interesados en ocupar cargos de dirección o subdirección.
Precisó que los lineamientos federales establecen que las autoridades educativas pueden elegir entre realizar un proceso de renovación o convocar a un proceso de promoción vertical. También señalan que, si no se notifica una decisión, se entiende que los nombramientos concluyen en la fecha establecida y se inicia un nuevo proceso de promoción.
“Los nombramientos firmados tenían vigencia hasta el 31 de agosto de 2025 y las licencias solicitadas por los propios docentes también concluían en esa fecha”, explicó.
De las Casas indicó que las funciones directivas dentro del Colegio de Bachilleres tienen carácter temporal y no constituyen nombramientos permanentes.
Agregó que el proceso de promoción vertical establece criterios definidos por la autoridad federal para evaluar experiencia docente, experiencia directiva y entrevistas.
Los directores y subdirectores que asumieron funciones en septiembre de 2025 permanecerán en el cargo durante un período de cuatro años, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2029, conforme a los lineamientos establecidos para estos nombramientos.