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Xataka 08 Apr, 2026 09:00

La Suprema Corte avaló que en México puedan congelar cuentas bancarias de inmediato, incluso sin una acusación formal

La Suprema Corte avaló que en México puedan congelar cuentas bancarias de inmediato, incluso sin una acusación formal

Imagina no poder usar tu dinero de un día para otro. Sin previo aviso, sin una acusación formal y sin intervención de un juez. Esa posibilidad ya no es hipotética en México.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas bancarias de manera inmediata cuando existan indicios de operaciones ilícitas.

La decisión se mueve en una línea delicada entre la eficacia del Estado para combatir delitos financieros y las garantías individuales. Lo que antes estaba limitado por ciertos criterios ahora se amplía como una facultad directa de la autoridad administrativa.

Congelar cuentas sin orden judicial ya es legal: esto decidió la SCJN

El pleno validó el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, lo que permite a la UIF incluir a personas en la Lista de Personas Bloqueadas sin necesidad de una orden judicial previa. La resolución fue aprobada el 6 de abril de 2026 por mayoría de seis votos, según informó la propia SCJN.

La Corte determinó que esta medida no constituye una sanción penal, sino una acción preventiva de carácter administrativo orientada a proteger el sistema financiero. Bajo este criterio, el bloqueo puede aplicarse cuando existan “indicios suficientes” de delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Esto cambia lo que se hacía antes. Durante años, el bloqueo de cuentas sólo podía aplicarse en algunos casos si lo solicitaba una autoridad extranjera. Ahora ya no es necesario: la UIF puede actuar con base en la información que recopilen las autoridades nacionales. 

El argumento central detrás de este cambio es que exigir una solicitud expresa de otro país se consideraba un obstáculo innecesario. 

Según la Corte, esto limitaba la capacidad de México para actuar frente a delitos financieros y no era consistente con compromisos internacionales como la Convención de Palermo, el Convenio para la Represión de la Financiación al Terrorismo y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.

Estos acuerdos plantean que los países deben poder congelar activos de forma efectiva, sin depender de solicitudes externas.

En la práctica, esto significa que primero se bloquea la cuenta y después la persona tiene la posibilidad de defenderse para intentar recuperar el acceso a sus recursos.

Cómo funciona el bloqueo de cuentas de la UIF y qué opciones tienen los usuarios

Aunque la medida no implica culpabilidad, sí tiene efectos directos sobre las personas. El congelamiento impide disponer de recursos, lo que puede afectar desde gastos básicos hasta la operación de empresas.

De acuerdo con la propia SCJN, el procedimiento contempla ciertos mecanismos de defensa. Una vez notificado, el usuario tiene derecho a solicitar una audiencia ante la UIF, presentar pruebas y argumentar la legalidad de sus recursos.

SCJN avala congelamiento de cuentas bancarias por delitos de lavado de dinero

Los plazos dictan que el afectado cuenta con hasta cinco días hábiles para solicitar la audiencia, mientras que la autoridad tiene diez días para atenderla y emitir una resolución.

En caso de que el bloqueo se mantenga, existe la posibilidad de impugnar la decisión mediante un juicio de amparo

Sin embargo, especialistas en derecho constitucional y financiero, como el abogado José Mario de la Garza, han advertido —en entrevista con Aristegui Noticias— que estos procesos pueden extenderse por meses o incluso años, lo que deja a los usuarios en una situación de vulnerabilidad temporal sin acceso a sus recursos.

La SCJN reabre el debate sobre hasta dónde puede llegar el gobierno en el combate al lavado de dinero

La decisión de la Corte no está exenta de polémica. Mientras algunos ministros defendieron la medida como una herramienta necesaria ante la rapidez con la que operan los delitos financieros, otros señalaron riesgos importantes en términos de seguridad jurídica.

La ministra Yasmín Esquivel advirtió que se trata de una facultad “grave” que podría derivar en actos arbitrarios, al permitir bloqueos sin control judicial previo. En contraste, la mayoría sostuvo que el procedimiento incluye garantías suficientes, como el derecho de audiencia y la posibilidad de impugnación.

Especialistas en derecho constitucional y financiero han comenzado a cuestionar los alcances reales de esta decisión, especialmente tras cambios recientes en la Ley de Amparo.

En la misma línea, Carlos Enrique Odriozola Mariscal, abogado y presidente del Centro Contra la Discriminación, explica en un análisis publicado en Expansión que el bloqueo de cuentas es una medida de alto impacto, ya que puede paralizar por completo la operación financiera de una persona o empresa sin intervención judicial previa.

Para Odriozola, el problema no es combatir el lavado de dinero, sino cómo hacerlo sin afectar derechos. Antes se priorizaba el control para evitar abusos; ahora se prioriza la rapidez, pero sin nuevos mecanismos que equilibren ese poder.

El debate de fondo no es si el Estado debe actuar, sino cómo hacerlo sin debilitar las garantías de las personas.

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La noticia La Suprema Corte avaló que en México puedan congelar cuentas bancarias de inmediato, incluso sin una acusación formal fue publicada originalmente en Xataka México por Valeria Romero .

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