Guanajuato.- Con la desaparición del Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado (IACIP) y el proceso de transición para entregar todos los expedientes y archivos a la Secretaría de la Honestidad, 522 recursos de revisión que tenía en sus manos el Instituto, tendrán que esperar más de dos meses para ser resueltos.
Porque se suspendieron todos los plazos durante 65 días naturales, dio a conocer Arcelia González González, secretaria de la Honestidad, en entrevista con AM, en virtud de que esta dependencia absorberá las funciones de resolver los recursos que resolvía el IACIP, pero solo del Gobierno del Estado y de los 46 municipios, precisó la funcionaria.
Ese plazo lo estableció el artículo décimo cuarto transitorio del decreto que creó la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado: “(…), se suspenden por un plazo de sesenta y cinco días naturales contados a partir de la entrada en vigor de este decreto todos y cada uno de los trámites, procedimientos y demás medios de impugnación, establecidos en este instrumento y demás normativa aplicable (…)”.
En virtud de que el decreto entró en vigor el 9 de abril, los 65 días se vencen el 12 de junio.
La Secretaria explicó que el plazo se dará “porque todavía no tenemos las atribuciones, no tenemos las facultades (para resolver los recursos de revisión), hace falta la transición de 30 días naturales para el comité de transferencia.
“Nosotros tenemos entendido que se suspenden por esos 65 días absolutamente todos los plazos, para dar tiempo a que asumamos la responsabilidad, (se cree) el comité de transición y adecuemos nuestro reglamento”, expresó.
Sin embargo, el mismo artículo aclara que no se suspenden los plazos de la recepción y atención de solicitudes de acceso a la información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.
Comunicación Social del IACIP, a petición expresa de AM, precisó que esos 522 expedientes se quedan pendientes de resolución fueron interpuestos ante los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, los 46 municipios y organismos autónomos.
Esos recursos de revisión pendientes son inconformidades de ciudadanos que no estuvieron de acuerdo con las respuestas recibidas, recibidas a medias o no recibidas, por todas las instituciones públicas municipales y estatales de Guanajuato.
Desapareció el Instituto de Acceso a la Información
Después de 22 años de existencia, el 9 de abril desapareció oficialmente el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato (IACIP).
Esta es la consecuencia de que el día anterior se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el decreto que crea la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato.
Aunque no precisó una fecha específica para la extinción del IACIP, incluyó 17 artículos transitorios con todas las disposiciones para transferir sus facultades, recursos y documentos a la Secretaría de la Honestidad y la Secretaría de Finanzas.
El 5 de marzo, el Pleno del Congreso del Estado aprobó esta nueva Ley de Transparencia.
Una función del IACIP era la de resolver las inconformidades que presentaran los ciudadanos que no estuvieran de acuerdo con las respuestas recibidas, recibidas a medias o no recibidas, por todas las instituciones públicas municipales y estatales de Guanajuato.
El IACIP entró en funciones el 1 de noviembre de 2003, luego de que se promulgó la primera Ley de Transparencia en Guanajuato el 29 de julio de 2003.
Su desaparición fue decretada por la reforma a la Constitución Federal, aprobada el 20 de diciembre de 2024, que desapareció el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), aprobada por el Congreso de la Unión y que ordenó al resto de los estados del país a hacer lo mismo con todos los organismos de transparencia locales.
En Guanajuato, la reforma a la Constitución local se aprobó en agosto de 2025, incluyó también la desaparición del IACIP y fijó un plazo de 180 días para aprobar la nueva ley de transparencia, el cual venció en febrero pasado.
Funciones del IACIP las tendrá Secretaría de la Honestidad
El artículo octavo transitorio del decreto de la nueva ley establece que los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto ante el IACIP, en materia de acceso a la información pública, se sustanciarán ante la Secretaría de la Honestidad y las autoridades garantes.
Las autoridades garantes serán las que resuelvan ahora los recursos de revisión que antes resolvía el Instituto de Acceso a la Información y ahora serán las contralorías internas de las instituciones públicas.
Aunque la Secretaría de la Honestidad podrá remitir a las autoridades garantes competentes aquellos asuntos que le correspondan conforme al ámbito de sus atribuciones para su atención.
En entrevista con AM, Arcelia González precisó que ahora, los Poderes Legislativo, Judicial y los órganos autónomos serán ellos mismos las autoridades garantes, en específico sus contralorías internas.
Es decir, aunque la funcionaria no lo dijo, con la reforma, las instituciones públicas serán “juez y parte”.
En uno de los artículos transitorios de la reforma se establece que el Poder Legislativo y el Poder Judicial, así como los órganos internos de control de los órganos constitucionalmente autónomos, en un plazo de máximo de 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto deberán realizar las adecuaciones necesarias a su normativa interna para dar cumplimiento a lo dispuesto en la reforma, relacionado con las atribuciones, facultades y funciones que se les conferirán como autoridades garantes a sus órganos internos de control o equivalentes.
En el artículo octavo transitorio hay una parte que dispone que la Secretaría de la Honestidad podrá remitir a las autoridades garantes competentes aquellos asuntos que le correspondan conforme al ámbito de sus atribuciones para su atención.
Además, la Secretaria de la Honestidad dijo que serán los encargados de dar la capacitación a los servidores públicos en esta materia, verificar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, la protección de datos personales.
Recursos materiales, personal y presupuesto
Lo más relevante de los 17 artículos transitorios del decreto de promulgación de la nueva Ley de Acceso a la Información explica cómo deberá ser la transferencia de recursos materiales, personal y presupuesto a otras dependencias.
El artículo cuarto transitorio establece que los derechos laborales de los servidores públicos del Instituto de Acceso a la Información para el Estado de Guanajuato, serán respetados. Los recursos humanos con que cuente este Instituto pasarán a formar parte de la Secretaría de la Honestidad.
El IACIP contaba con 43 personas funcionarias públicas laborando, informó Comunicación Social del Instituto.
“El Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, transferirá los recursos correspondientes al valor del inventario o plantilla de plazas a la Secretaría de Finanzas”, dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, es decir, hasta el 7 de mayo, a fin de que esta dependencia realice acciones que correspondan, sin precisar cuáles son.
Con valor del inventario o plantilla de plazas se refiere al presupuesto para el pago de los empleados.
Los recursos materiales con que cuente el Instituto serán transferidos a la Secretaría de la Honestidad, también dentro de los 20 días hábiles siguientes, igualmente, hasta el 7 de mayo.
En cambio, los recursos financieros serán transferidos a la Secretaría de Finanzas. También deberá entregarle la información y formatos necesarios para integrar la Cuenta Pública y demás informes correspondientes al primer trimestre, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto, es decir, hasta el 22 de abril.
Los expedientes y archivos en poder del IACIP serán transferidos a la Secretaría de la Honestidad dentro de los 20 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, es decir, hasta el 6 de mayo.
El Órgano Interno de Control del Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato queda extinto y sus asuntos y procedimientos que a la entrada en vigor del presente Decreto estén a su cargo, así como los expedientes y archivos, serán transferidos al Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Honestidad dentro de los 20 días hábiles siguientes a su entrada en vigor, serán tramitados y resueltos por dicho órgano.
Deberán crear un Comité de Transferencia
Finalmente, deberá integrar, en la fecha de publicación de este decreto, es decir, el 8 de abril, un Comité de Transferencia conformado por los comisionados del mencionado Instituto y siete personas servidoras públicas del mismo con al menos el nivel de Dirección de área o equivalente, que tengan conocimiento o que se encuentren a su cargo los asuntos que se mencionan en los propios transitorios, una persona representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo, una persona representante de la Secretaría de Finanzas y una persona representante de la Secretaría de la Honestidad.
El Comité de Transferencia en materia de Transparencia del Estado acordará y coordinará las acciones encaminadas a realizar una transición ordenada de las facultades, obligaciones, presupuestos, recursos materiales, tecnológicos, financieros, archivos y capital humano que se realicen con motivo de lo dispuesto en esta Ley. El Comité de Transferencia estará vigente por un periodo de 30 días naturales.
HLL