La aprobación por parte de la Asamblea de Madrid de la denominada ley del concebido no nacido constituye, probablemente, uno de los movimientos políticos e ideológicos más significativos protagonizados por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso desde su llegada a la presidencia regional. También puede convertirse en uno de los episodios más controvertidos desde el punto de vista constitucional de la historia autonómica reciente.
La norma, impulsada personalmente por la presidenta madrileña y aprobada con los votos favorables del Partido Popular y Vox, convierte al nasciturus —el concebido pero aún no nacido— en un integrante más de la unidad familiar a determinados efectos administrativos y de acceso a prestaciones públicas. A partir de ahora, el embarazo podrá computar para acceder a ayudas vinculadas a renta, becas educativas, subvenciones al alquiler o beneficios asociados a la condición de familia numerosa.
La iniciativa ha sido presentada por el Ejecutivo madrileño como una medida de apoyo a la natalidad y a las familias, "en defensa de la vida", según la expresión reiteradamente utilizada por Ayuso. Sin embargo, más allá de sus efectos prácticos inmediatos, la ley introduce un debate jurídico y político de enorme calado: hasta dónde puede llegar una comunidad autónoma en el reconocimiento del concebido sin invadir competencias reservadas al Estado.
La regulación del estatuto jurídico del concebido corresponde exclusivamente al Estado.? La norma sitúa el debate sobre el aborto y la familia en el centro de la batalla política
La cuestión no es menor. El ordenamiento constitucional español reserva al legislador estatal materias tan sensibles como la regulación de la personalidad civil, el alcance de los derechos fundamentales y la legislación penal y sanitaria relacionada con la interrupción voluntaria del embarazo. La doctrina del Tribunal Constitucional ha mantenido históricamente que el nasciturus merece protección jurídica, pero no es titular de derechos fundamentales en los mismos términos que una persona nacida. Precisamente por ello, cualquier intento autonómico de atribuirle un estatus jurídico diferenciado puede traspasar una línea competencial especialmente delicada.
No parece casual que la propia tramitación de la ley haya estado acompañada de informes jurídicos internos que advirtieron de deficiencias, lagunas documentales y contradicciones técnicas. Tampoco resulta irrelevante que el Gobierno regional haya acelerado su aprobación mediante un pleno extraordinario convocado específicamente para cerrar el curso político con esta iniciativa ya convertida en ley.
La regulación de la personalidad civil, los derechos fundamentales y el aborto están reservados exclusivamente al Estado
La controversia jurídica se superpone, además, a una evidente estrategia política. El Partido Popular madrileño lleva años construyendo un discurso propio basado en la confrontación cultural con la izquierda y en la reivindicación de valores asociados a la familia tradicional, la natalidad y la defensa de la vida. En ese terreno, la ley del concebido no nacido funciona como una poderosa declaración de principios dirigida tanto a su electorado más conservador como a los votantes tentados por Vox. La regulación de la personalidad civil, los derechos fundamentales y el aborto están reservados exclusivamente al Estado, por lo que una Comunidad autónoma no puede legislar sobre los derechos, el estatus jurídico o la personalidad del nasciturus (el concebido pero no nacido).
La reacción parlamentaria ha evidenciado una disputa por el espacio ideológico. Mientras PSOE y Más Madrid denuncian una maniobra electoralista y anuncian recursos ante las instancias correspondientes, Vox considera que la norma constituye un avance insuficiente y reclama ir más allá en el reconocimiento jurídico del no nacido. El resultado es una singular paradoja: el PP logra ocupar el centro del debate conservador mientras la izquierda denuncia una ofensiva contra los consensos constitucionales construidos durante décadas.
Pero incluso quienes comparten el objetivo de fomentar la natalidad pueden preguntarse si este es el camino más eficaz. La crisis demográfica española responde a problemas estructurales bien conocidos: dificultad de acceso a la vivienda, precariedad laboral juvenil, insuficiencia de plazas de educación infantil, elevados costes de crianza y dificultades de conciliación. Las protestas de educadores infantiles a las puertas de la Asamblea, reclamando mayores recursos para "la infancia ya nacida", simbolizan precisamente esa contradicción.
La ley madrileña del concebido no nacido puede ser vista, según la perspectiva ideológica de cada cual, como un gesto de protección a la maternidad o como una operación de afirmación política y cultural. Lo que parece mucho más difícil de discutir es que abre un conflicto jurídico de primer orden. Y cuando una comunidad autónoma se adentra en territorios reservados al legislador estatal, especialmente en materias vinculadas a derechos fundamentales, el debate deja de ser exclusivamente político para convertirse, inevitablemente, en constitucional. Quizá por ello, más que el comienzo de una nueva política familiar, la ley aprobada por la Comunidad de Madrid pueda acabar siendo recordada como el inicio de una nueva batalla ante los tribunales. @mundiario